Son deberes y atribuciones del Secretario de Finanzas:
A) Percibir las cuotas de los asociados o contribuciones, sean estas de carácter sindical o asistencial y demás ingresos a la Institución disponiendo su depósito y siendo personalmente responsable de ello.
B) Disponer el pago de los gastos autorizados por el Secretario General y suscribir los cheques conjuntamente con el Secretario General y los miembros de Comisión Directiva designados al efecto.
C) Llevar los libros de contabilidad del sindicato exigidos por la legislación vigente y al finalizar cada ejercicio, confeccionar el balance general e inventario y los cuadros demostrativos de gastos, recursos y movimientos de fondos, pudiendo ser asistido por un profesional en la materia.
D) Administrar responsablemente lo fondos de caja chica, haciendo efectiva toda orden de pago o cuentas de gastos autorizada por el Secretario General.-
E) Será el encargado de confeccionar el presupuesto de cada año en base al cálculo de recursos y gastos, el que será sometido a consideración de la Comisión Directiva.
F) Proponer a la Comisión Directiva la adopción de medidas que estime oportunas para la mejor marcha de la administración.-